PARTE
DE PRENSA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD RURAL “LOS PUMAS”
Diversos
Operativos de personal de esta Dirección
General de Seguridad Rural “Los Pumas”, en caminos rurales, rutas e islas del
ámbito provincial.
Sección
Nº 3 Las Rosas.
Raíz patrullaje preventivo, se confeccionó Acta de Infracción a la ley Pcial.
Nº 4830 por cazar Sin Licencia y en camino público al Sr. A.R. de 42 años,
quien se encontraba realizando la actividad de caza deportiva en ruta Nac. Nº
178 , utilizando para ello tres (03) canes raza galgos, desprovisto de arma de
fuego y ejemplar alguno. Interviene Secretaria de Estado Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable- Santa Fe.
Sección:
Nº 18 San Jorge.
A raíz de la prevención de ilícitos y/o contravenciones Orden Operacional
N°140/16 D.O.P – D.G.S.R., por zona Ruta Pcial. Nº 66, se labraron Acta de Constatación a Sr. A.M. de 18 años, quien se conducía en
un vehículo, marca Ford, tipo furgón (Térmico), dominio CBF-39 y a A.A.B. de 62
años, conducía vehículo Fiat tipo
trafic, dominio BCM-172 LOS ANTES MENSIONADOS transportaba productos lácteos, comprobándose
que el transporte carecía de “Habilitación de Senasa y Libreta de Sanidad”; en
mérito a la transgresión verificada, se lo notificó al nombrado de la
Infracción Resolución de SENASA. Se continúan con diligencias. Interviene
Delegación Senasa – Carlos Pellegrini.
Sección
Nº 21 Romang.
Raíz patrullaje preventivo y en cumplimiento Orden Operacional N°139/16 D.O.P.
– D.G.S.R., se confeccionó Acta de Infracción a Machuca, quien transportaba un
(01) carpincho faenado, identificado manifestó haberlo cazado en la costa del
arroyo “Timbo Quemado”, por tal motivo se procedió al Decomiso y
Desnaturalización, se lo notifico de la
Infracción a la ley pcial 4830mediante acta de estilo y con presencia de
testigo. Interviene Secretaria de Estado Medio Ambiente y Desarrollo
Sustentable- Santa Fe.
Sección
Nº 21 Romang.
Raíz patrullaje preventivo y en cumplimiento Orden Operacional N°139/16 D.O.P.
– D.G.S.R., se confeccionó Acta de Infracción a D.Z. de 41 años domiciliado e
Romang, quien transportaba seis (06) sábalos, un (01) Surubí y una (01) Boga,
por tal motivo se procedió al Decomiso y Desnaturalización, mediante acta
Infracción a la ley Pcial Nº 12.212 y con presencia de testigo. Interviene
Secretaría de los Recursos Hídricos, Forestal y Minero (Of. Caza y Pesca)
dependiente del Ministerio de la Producción de la ciudad de Santa Fe.
Sección
Nº 21 Romang.
Raíz patrullaje preventivo en zona de islas jurisdicción los laureles, se
procedió a controlar embarcación, ocupada por M.M.M. de 42 años domiciliado en
reconquista; al inspeccionar dicha embarcación se constató la presencia de Una
(01) escopeta cal. 16 sin marca visible y siete (07) cartuchos del mismo
calibre intactos, al ser consultada si presentaba alguna documentación que
acredite propiedad de su tenencia y traslado, manifestó espontáneamente que era
suya y que carece de la misma, lo que derivó en el secuestro preventivo se
labro acta infracción al art 189 Bis del CPA. UFI - Reconquista.
Sección
Nº 21 Romang.
Raíz patrullaje preventivo zona isla Alejandra y en cumplimiento Orden
Operacional N°139/16 D.O.P. – D.G.S.R., se procedió a controlar embarcación,
ocupada por Fernández de 49 años ; al inspeccionar dicha embarcación se
constató la presencia de la cola de un
yacaré, como así también una (01) escopeta cal 16 marca Sole, un (0!9
cartucho mismo cal intacto, una (01) carabina 22 marca Mahely y cinco (05)
cartuchos mismo cal intactos, al ser consultada si presentaban alguna
documentación que acredite propiedad de su tenencia y traslado, manifestó
espontáneamente que era suya y que carece de la misma, lo que derivó en el
secuestro preventivo de la misma; se labro acta infracción a la ley Pcial. Nº
22.421 E infracción al art. 189 bis Inc 2 del CPA en tanto que los ejemplares
fueron Desnaturalizados. UFI - Reconquista.
Sección
13 Huaqueros.
Raíz controles de prevenciones llevado a cabo por DGPSV Unidad Operativa
Regional N°6 de la Ciudad de San Cristóbal y elevada a ésa para su
prosecución, detuvieron la marcha de un
camión marca Iveco, dominio IVI-967 con acoplado, conducido por el Sr. L.J.S.
de 23 años domiciliado en Entre Ríos, quien transportaba veintinueve mil
(29.000) kgs. de maíz a granel; al solicitarle documentación correspondiente
Carta De Porte, se constató que el CTG no se encuentra activo, seguidamente
constituidos en ésa dependencia se le recepcionó Declaración de Descargo al
nombrado y se lo notificó de la Infracción al art. 128 inc “B” ley Pcial. Nº
10.703 C.F. Interviene Juzgado de Faltas – San Cristobal.
Sección
Nº 6 Peyrano.
Raíz patrullaje preventivo en ruta Pcial. Altura Km 55, se confeccionó Acta de
Infracción al Sr. R.I.G. de 64 años domiciliado en la ciudad de Pergamino,
quien transportaba seis (06) bogas, veinticinco (25) sábalos doce (12) paties,
comprobando la preventora irregularidades en el minucioso control realizado a
las especies las que se encontraban fuera de medida, como así también carece de
habilitación para el transporte, de la respectiva guía y no efectivizo ningún
control respectivo; por tal motivo se procedió al Decomiso y Desnaturalización,
mediante acta de infracción a la ley Pcial Nº 12.212 y con presencia de
testigo. Interviene Secretaría de los Recursos Hídricos, Forestal y Minero (Of.
Caza y Pesca) dependiente del Ministerio de la Producción de la ciudad de Santa
Fe.
Sección
Nº 18 San Jorge.
Raíz patrullaje preventivo, por zona rural landeta, se labró Acta de
Constatación al Sr. F.M.S. de 38 años domiciliado en la localidad de alicia,
quien se conducía en un vehículo, marca Fiat, tipo utilitario, dominio JYM237,
el que transportaba productos lácteos dieciocho (18) hormas de queso, comprobándose
que el transporte carecía de “Habilitación de Senasa y Libreta de Sanidad”; en
mérito a la transgresión verificada, se lo notificó al nombrado de la
Infracción resolución de SENASA. como así también se le labro acta infracción resolución SENASA al Sr, C.S.M. de 23 años
domiciliado en pozo del molle pcia Cordoba, quien se conducía en un vehículo,
marca Renault, tipo furgón (Trafic), dominio AKA614, el que transportaba
galletitas varias y productos lácteos, comprobándose que el transporte carecía
de “Libreta de Sanidad” y poseía la “Habilitación de SENASA vencida con fecha
18/09/2015; en mérito a la transgresión verificada Se continúan con
diligencias. Interviene Delegación Senasa – Carlos Pellegrini.
jajajajaja con una pequeña coima pasas y seguís
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