sábado, 24 de junio de 2017

CAÑADA DE GÓMEZ: LA INTENDENTA CLERICI VIOLANDO NORMAS DE TRÁNSITO


Hace unos días, recibimos en nuestra redacción de parte de un vecino,  una serie de fotos donde puede verse dos automóviles muy reconocidos por todos los cañadenses. Uno de ellos se trata del auto particular de la Intendenta de Cañada de Gómez, la Dra. Stella Clerici y el otro vehículo es nada más que el auto oficial (fotos).


Por Emanuel N. Soverchia

RENAULT SANDERO 1.6 N LUXE
En las imágenes fotográficas tomadas el 21 de junio pasado (2017) a la hora 8.29 de la mañana, se puede ver claramente que un automóvil gris marca: RENAULT SANDERO 1.6 N LUXE, PATENTE: KZO479-05 - CUIT : 20-16935177-6 - COMUNA: 1180 - AÑO: 2012 COD. MODELO: 227816; perteneciente a la Dra. Stella Maris Clerici, máxima mandataria de la Municipalidad de Cañada de Gómez, cometiendo una grave infracción de tránsito. La señora intendenta (o su esposo, el ex Secretario Legal y Técnico de su gabinete municipal) estacionó su vehículo particular invadiendo casi un 70% la entrada a un acceso particular (garaje), notablemente señalizado y activo; el acceso y portón obstruido por el auto de Clerici, ubicado sobre la mano norte en la calle Ballesteros al 900, como puede verse en las fotos es de propiedad del Teatro Verdi de nuestra localidad; violando varios puntos del artículo 49 de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449;   La propiedad del automotor es indiscutible documentado en que en las fotografías está en las declaraciones juradas de Clerici (imagen de la DDJJ). Este vehículo presenta una deuda de patente por $1702.92, documento que figura en liquidación de deudas de patentes únicas perteneciente al sitio www.santafe.gov.ar .
TOYOTA COROLLA XEI 1.8 N 

Pero por si eso fuera poco; al día siguiente (22 de junio del corriente) otro vehículo vinculado a las autoridades municipales infringe las mismas normas, exactamente en el mismo sitio e idénticas características. En este caso se trata de un automóvil marca TOYOTA COROLLA XEI 1.8 N PATENTE: KEC852-06  - CUIT: 30-64859996-6 - COMUNA: 1180    AÑO: 2011 - COD. MODELO: 226655. En pocas palabras estamos refiriéndonos al Vehículo Oficial Municipal con el que se trasladan los altos funcionarios clericistas; entre éstos la Dra. Stella Clerici, su marido y otros secretarios de su gabinete. Este mencionado fue protagonista en algunos meses atrás de un choque  en la intersección de calles Suipacha y 1º Junta en la ciudad de Cañada de Gómez. (Foto)

LEY DE NACIONAL DE TRÁNSITO Nº 24.449
ARTICULO 49. — ESTACIONAMIENTO. En zona urbana deben observarse las reglas siguientes:
a) El estacionamiento se efectuará paralelamente al cordón dejando entre vehículos un espacio no inferior a 50 cm, pudiendo la autoridad local establecer por reglamentación otras formas;
b) No se debe estacionar ni autorizarse el mismo:
1. En todo lugar donde se pueda afectar la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o se oculte la señalización;

4. Frente a la puerta de hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta diez metros a cada lado de ellos, salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento;
5. Frente a la salida de cines, teatros y similares, durante su funcionamiento;
La intendenta Clerici y su esposo Speca
6. En los accesos de garages en uso y de estacionamiento con ingreso habitual de vehículos, siempre que tengan la señal pertinente, con el respectivo horario de prohibición o restricción;
8. Ningún ómnibus, microbús, casa rodante, camión, acoplado, semiacoplado o maquinaria especial, excepto en los lugares que habilite a tal fin mediante la señalización pertinente;
c) No habrá en la vía espacios reservados para vehículos determinados, salvo disposición fundada de la autoridad y previa delimitación y señalamiento en que conste el permiso otorgado.
d) La autoridad de tránsito en sus disposiciones de ordenamiento urbano deberá incluir normas que tornen obligatoria la delimitación de espacios para el estacionamiento o guarda de bicicletas y similares en todos los establecimientos con gran concurrencia de público.
Igualmente se deberán tomar las previsiones antes indicadas en los garajes, parques y playas destinados al estacionamiento de vehículos automotores. (Inciso incorporado por art. 6° de la Ley N° 25.965 B.O. 21/12/2004).

CÓDIGO DE FALTAS DE MUNICIPALIDAD DE CAÑADA DE GÓMEZ
Accidente con el auto oficial (Suipacha y 11 Junta)
Relativas a la normalidad y seguridad del tránsito.
Art. 255. Se penará con multa de 80 U.F. a 500 U.F. por estacionamiento en lugares prohibidos.
Art. 256. Se penará con multa de 100 U.F. a 800 U.F. por estacionar en sector reservado para vehículos de discapacitados o delante de rampas para sillas de ruedas o estacionar en lugares reservados para servicios de emergencia y/o servicios de salud.
Periódico Libre "La Imprenta" de Cañada de Gómez

2 comentarios:

  1. Según la foto mires como lo mires tenía la derecha la moto. Aparte vehículo chico

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  2. ME PARECE CORRECTO QUE DE UNA VEZ POR TODAS, TODOS, Y TAMBIÉN LOS QUE CREEN TENER CORONITA, RESPETEN LAS MISMAS LEYES QUE ELLOS MISMOS LAS HAN LLEVADO A CABO PARA LOS VEHÍCULOS Y TRANSEÚNTES...VAN A OTROS PAÍSES COMO EN CHILE, Y RESPETAN TODO...ACÁ, COMO NO HAY INFRACCIONES FUERTES Y SI LAS HAY LOS FUNCIONARIOS LAS HACEN BORRAR, ESTARÍA BUENO QUE EL SISTEMA FUERA TOTALMENTE INDEPENDIENTE DE LA MUNICIPALIDAD...SOMO HIJOS DEL RIGOR Y MIENTRAS TODO ESTÉ PERMITIDO, NADA SE TOMARÁN EN SERIO, CON RESPETO Y EDUCACIÓN.

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