martes, 25 de julio de 2017

VARIOS PROCEDIMIETNOS: SECUESTRO DE ARMAS Y DECOMISO DE ANIMALES


 PERSONAL DE LA GUARDIA RURAL “LOS PUMAS” LLEVAN ADELANTE VARIOS PROCEDIMIENTOS


Partes: 21, 22 y 23  de Julio 2017

SECCIÓN Nº 16 SAN JUSTO: Policía de la Guardia Rural “Los Pumas”, en circunstancia de encontrarse abocados al patrullaje preventivo contra el delito rural, por la jurisdicción que le es de su competencia precisamente por Ruta Provincial Nº 2,  proceden a realizar chequeo de un rodado conducido por el Señor N.H.E (48), procediendo el personal a una requisa voluntaria autorizada por el Señor antes mencionado lograron el secuestro preventivo de una escopeta cal 16 , un cuchillo y al decomiso de un porcino. Consultado a Fiscal en turno ordeno que se lo notifique de la  Infracción al Art. 189 Bis Inc. II del CPA. Posteriormente se presenta en sede el señor D.G.R reconociendo el porcino como de su propiedad. Interviene U.F.I Santa Fe.-}

SECCIÓN Nº 32 EL GUANAGAN: Personal policial perteneciente a dicha sección procede al chequeo de un rodado en intersección de Rutas Nº 31 y 32 conducido por J.D.F (35) quien era acompañado por cuatro señores, de requisa voluntaria autorizada se procede al secuestro preventivo de una escopeta cal 12 marca PIETRO BERETTA GARDONE V.T BRESCIA, y veintitrés cartuchos mismo calibre intactos, por carecer de la documentación respectiva quien dijo ser propietario, notificándolo de la Infracción al Art. 189 Bis Inc. II del CPA. Interviene U.F.I Tostado.

SECCIÓN Nº 18 SAN JORGE: A raíz de estar realizando patrullaje preventivo por jurisdicción que le es de su competencia, personal perteneciente a dicha dependencia procede al chequeo de un camión conducido por el Señor O.A.A (43) quien transportaba 22.000 Kg. De semilla de trigo sin el correspondiente remito no logrando amparar la carga, ni procedencia. Seguidamente se procede al secuestro preventivo de las semillas oleaginosas  dejándose en calidad de Depósito Judicial al transportista, además se lo notifico de la Infracción al Art. 57 y 128 “B” de la Ley Provincial Nº 10.703. Interviene Juzgado de Faltas Sastre.

SECCIÓN Nº 11 ESPERANZA: Personal perteneciente a dicha sección intercepto un rodado remolcando un carro que transportaba dos ovinos de 30 kg c/u, dos ovinos de 50 Kg. c/u y un cuchillo, manifestando el Señor S.R.A (28) no poseer documentación para el transporte, se procede al secuestro preventivo de los ovinos; posteriormente se presenta en sede el Señor R.R.M aduciendo ser el propietario de los animales que se los entregó al causante por parte de pago, pero tampoco posee documentación que avale ser legítimo propietario, quedando bajo depósito judicial del causante notificándolo por Infracción al Art . 110 y 128 “B” de la Ley Provincial Nº 10.703. Interviene Juzgado de Faltas Esperanza.

SECCIÓN Nº 27 TOSTADO: A raíz de estar realizando patrullaje preventivo por jurisdicción que le es de su competencia, precisamente por Ruta Provincial Nº 2 personal perteneciente a dicha sección intercepto una motocicleta guiada por el Señor L.S.H (23) llevando consigo una bolsa, la cual previa autorización es requisada constatándose en su interior una escopeta cal 28 marca CENTAURO y 21 cartuchos mismo calibre: procediendo al secuestro preventivo de los elementos descriptos y notificando al Señor  de la Infracción al Art. 189 Bis Inc. II CPA, por no poseer la documentación correspondiente. Interviene U.F.I Tostado.

SECCIÓN Nº 27 TOSTADO: Personal policial procede a labrar al Señor J.C.B (46) Acta de Infracción a la Ley Provincial Nº 4830, quien transportaba en una motocicleta una bolsa, la cual contenía en un interior la cantidad de dos mulitas y dos porcinos salvajes (moro). Procediendo al decomiso y posterior desnaturalización de las especies. Interviene S.R.H.F y M. (Of de Caza y Pesca) Santa Fe.


SECCIÓN Nº 9 VILLA OCAMPO: A raíz de comunicación anónima manifestando que en el domicilio del Señor R.E.R se hallaban vacunos del Sr. M.N , personal policial perteneciente a dicha dependencia procede a dar conocimiento al Fiscal en turno quien ordeno: requisa en el domicilio de R.E.R. De diligencias llevadas a cabo y al no comprobar propiedad de los vacunos se realizo nuevamente consulta con el Sr Fiscal ordenando se proceda a la Aprehensión del Señor antes mencionado  y al secuestro preventivo de un vacuno cat. Ternera de 100 kg aprox., un vacuno cat. Ternera de 150 ks.; prosiguiendo con diligencias ordenadas se procedió a la detención e incomunicación del causante  por el hecho de Abigeato Calificado y traslado a Celaduría de la UR IX, posteriormente se trasladó a los semovientes hasta el campo del damnificado, siendo uno de ellos propiedad del Señor M.N haciéndose entrega en carácter definitivo por orden del Fiscal, los vacunos. Interviene U.F.I Las Toscas.

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