domingo, 9 de junio de 2019

ELECCIONES 2019: Los Candidatos y Partidos que podés Votar en Cañada de Gómez

El 16 de junio son las elecciones generales en la Provincia de Santa Fe, donde vamos a elegir Gobernador, Senadores Departamentales y Diputados Provinciales; Intendente, Concejales, Comisiones Comunales y Contralores de Cuentas. ABAJO TODOS LOS CANDIDATOS Y PARTIDOS.
Una nueva ciudad y dos nuevas comunas
San Jerónimo Norte, en el Departamento Las Colonias, se convirtió en ciudad y en las próximas elecciones, votará por primera vez en las categorías de Intendente y Concejales.
En tanto, en las comunas de Hardy, departamento General Obligado; y Los Tábanos, el Departamento Vera, se elegirán los miembros para integrar Comisiones Comunales y Contralores de Cuentas.
¿Que se vota?
Podemos votar todos los mayores de 18 años que figuremos en el padrón electoral.
Acordate de que tenés que hacer una sola marca en el casillero del candidato que elijas.
Y que se considera voto en blanco la ausencia de marca, y voto nulo cuando hay más de una marca o inscripciones en la boleta.
¿Cómo se vota?
El 16 de junio tenés que presentarte en el lugar de votación y acreditar tu identidad. Cualquier documento es válido para votar, siempre que sea el último emitido.
Cuando llegues, el presidente de mesa te va a dar una boleta única para cada categoría. En el box, marcás la opción de tu preferencia para cada cargo, luego doblás las boletas por las líneas impresas al dorso y al salir, las depositás en la urna.
Si te equivocás al elegir, no taches ni marques nada; salí y pedí un otro juego de boletas a la Autoridad de Mesa.
Para terminar, firmás el padrón y recibís una constancia de emisión del voto.

¿Con qué documento se vota?
Los electores podrán votar con cualquier documento, siempre que sea último tramitado: DNI libreta de tapa verde, DNI libreta de tapa celeste, Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento, DNI libreta de tapa marrón (extranjeros), y todos los DNI tarjeta, también aquellos que tienen la leyenda “no válido para votar”.
Los electores que exhiban un documento cívico posterior al que consta en el padrón también podrán votar. Por ejemplo, si en el padrón figura “DNI duplicado” y se presenta con un “DNI triplicado”, o se presenta con un “DNI ejemplar B” y en el padrón figura con un “DNI ejemplar A”. En cambio, no podrán votar aquellos que presenten un documento anterior al que figura en el padrón electoral.


Justificación de la no emisión de Voto
Para aquellos electores que no se hubieran eximido de votar en las elecciones P.A.S.O. y que por alguna de las razones previstas en el art. 12 del Código Electoral Nacional no hubieran podido votar, se encuentra disponible en la plataforma de trámites a Distancia de la Provincia el formulario para realizar dicho trámite adjuntando la documentación correspondiente según el motivo.
Motivos para realizar la Justificación de la no emisión de Voto:
– a) Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
– b) Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
– c) Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto.
– d) El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
Documentación a presentar para justificar la situación declarada:
– a y d) Constancia donde se verifique el desempeño de sus funciones durante las horas en que se desarrolla el acto electoral.
– b) Certificado extendido por la autoridad policial del lugar en donde encontraba el día del comicio.
– c) Certificado extendido por médicos oficiales, provinciales o municipales (en ausencia de éstos por médicos particulares)
También es posible realizar en trámite en la Secretaria Electoral de la Provincia de Santa Fe.
NOTA: Los electores que realizaron el trámite de eximición antes de las elecciones P.A.S.O. no deben realizar ningún otro trámite ni presentar ninguna documentación.


A CONTINUACIÓN LAS BOLETAS ÚNICAS DE CANDIDATOS Y PARTIDOS QUE PODEMOS ELEGIR LOS CAÑADENSES:






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