lunes, 23 de mayo de 2016

CONDENA POR UN HECHO DE ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR LA CONVIVENCIA

Fiscalía informa 
CONDENA POR UN HECHO DE ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR LA CONVIVENCIA 

23-05-2016 

  El tribunal Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 6 con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez, a cargo del Dr. Jesús Rizzardi, condenó a VERON, Jonatan Ezequiel a pena de 5 años de prisión de ejecución efectiva por el delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR LA CONVIVENCIA PRE-EXISTENTE en calidad de autor, ocurrido en octubre de 2015 en la ciudad de Carcarañá. El ahora condenado fue hallado responsable de haber practicado reiterados tocamientos en sus zonas pudendas sobre una menor de edad de sexo femenino habiéndose aprovechado de la situación de convivencia pre-existente de que disponía con la víctima. Cabe señalar que en la sentencia dictada por el Juez Penal del Distrito Judicial Nº 6, Dr. Jesús A. Rizzardi se condenó a VERON a 5 años de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas del proceso. La condena fue el resultado de un acuerdo celebrado por la Dra. Ana Graciela Tulián -Fiscal adjunto-, el señor Jonatan Ezequiel Verón y la Dra. Carmela Meneguzzer -a cargo de la defensa técnica del imputado-, dando origen al Procedimiento Abreviado que finalizó con la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal en audiencia oral y pública, celebrada en fecha 23 de mayo del corriente año en Cañada de Gómez.

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