PARTE DE PRENSA LA DIRECCIÓN
GENERAL DE SEGURIDAD RURAL “LOS PUMAS”
Operativos en prevención de
delitos y contravenciones, culminaron con el secuestro escopetas; municiones;
varios infractores, como así también el decomiso de fauna silvestre.
La Dirección General de Seguridad
Rural “Los Pumas”, llevó a cabo una serie de controles, en la que su personal
no solo intervino ante la presencia de cazadores, sino que también debió
realizar actas de infracciones a resoluciones de SENASA (Servicio Nacional de
Sanidad) y contravenciones.
SECCIÓN Nº 16 San Justo: El operativo en represión de la
caza y Protección de la Fauna Silvestre, realizando control vehicular en ruta
Pcial. 62 loc. de Cayastacito
procedieron a la verificación de un vehículo conducido por un hombre mayor de edad y acompañado por el
mismo se procede a la requisa voluntaria observando detrás del asiento una (01)
escopeta cal. 16 marca centauro y catorce (14) cartucho intactos, consultando por
la documentación correspondiente dijo no poseer, por lo que se secuestró
preventivamente, y notificándolo para que comparezca ante referida sección a
fin de seguir con actuaciones pertinentes, por lo que se lo imputó de infringir
Art. 189 Bis CPA (Portación Indebida de Arma de Fuego de Uso Civil).Continuando
con control se verifico otro vehículo conducido por un hombre mayor de edad, el
cual llevaba un (01) Surubí Pintado, y se precedió al secuestro preventivo y previa desnaturalización del mismo ,por ser
especie ictícola vedada y carecer de licencia de pesca al cual se lo notifico
de la infracción a la ley Pcial. Nº 12.212. Interviene la U.F.I de San Justo y
Secretaria de los Recursos Hídricos y Minero (of. Caza y pesca) Ministerio de
la Producción. Santa Fe.
Sección Nº 26 Reconquista: En solicitud de colaboración por
parte del personal de Gendarmería, interceptan un vehículo Ruta Nacional A-009,
inmediaciones con la ruta Provincial Nº 1, tipo camioneta pick-up con dos
ocupantes mayores de edad que transportaban dos animales silvestres faenados de
la especie un (01) yacaré y Un (01)carpincho, un (01) tanque de combustible;
una (01) linterna; dos (02) cuchillos; dos (02) célula de identificación de
utilitarios y elementos varios producto de la caza furtiva, observando a su vez
que en el interior del vehículo transportaban una escopeta cal 16. Y cuatro
cartuchos intactos del mismo cal. que era acompañado por una motocicleta Yamaha
modelo YBR 125 color blanca que en la misma iban 2 hombres mayores de edad, los que trasportaba una (01) mochila azul y
en su interior un (01) bolsa de nylon conteniendo restos de animal de la fauna
silvestre de la especie yacaré, y un (01) cuchillo sin marca visible, cabo de
madera, 10 centímetros de hoja. Al respecto de la documentación del armamento,
y propietario, manifestó , que es de su propiedad y que no posee documentos
algunos Solicitando se constituya personal de este cuerpo especializado, en
colaboración y para efectuar actuaciones correspondientes En tal sentido se
constituye la comisión al lugar, en circunstancias de responder a la solicitud
de cooperación mencionada y se procedio al SECUESTRO PREVENTIVO: de los vehículos
(utilitario-motocicleta), armamento, cuchillos, especies silvestres faenadas y
efectos mencionados. Corolario se trasladó a los ciudadanos en calidad de
APREHENDIDO; previo leerle A VIVA VOS los derechos que le confiere la ley
12.734 C.P.P.P.S.F. en los artículos 101; y 268 Inc. 12., a sede de esta
Seccional, donde se les informo sus derechos (Art. 268 inc. 12 CPP), la
existencia de una causa seguida en su contra (Art. 101 inc. 1º CPP), se
procedió a sus identificaciones (Art. 102 CPP) y fijaron domicilio (Art. 104
CPP). Posterior recuperaron libertad (Art. 218 C.P.P.) por Orden del fiscal
interviniente Dr. ALDO H. GEROSA
Sección Nº 14 San Javier: Se recibió para
prosecución acta de procedimiento de la policía Seguridad vial en ruta Pcial
Nº1 Km. 183 Loc. Colonia Teresa, donde constatan un hombre mayor de edad, quien
circulaba en un vehículo del cual remolcaba un carro para el traslado de equino
de fabricación caser , sin la debida documentación labrándosele el acta de infracción
a art 128 b de la ley Pcial Nº 10.703 y posterior entrega en carácter
definitivo del semoviente quien acredito propiedad con documentación
correspondiente. Interviene Juzgado de Faltas de San Javier.
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